Código de Ética

La Revista Derecho se guía bajo los fines académicos de la Universidad de El Salvador que se establecen en el artículo 3 de su Ley Orgánica, las cuales establecen:

  • Conservar, fomentar y difundir la ciencia, el arte y la cultura.
  • Formar profesionales capacitados moral e intelectualmente para desempeñar la función que les corresponde en la sociedad, integrando para ello las funciones de docencia, investigación y proyección social.
  • Realizar investigación filosófica, científica, artística y tecnológica de carácter universal, principalmente sobre la realidad salvadoreña y centroamericana.
  • Propender, con un sentido social-humanístico, a la formación integral del estudiante.
  • Contribuir al fortalecimiento de la identidad nacional y al desarrollo de una cultura propia, al servicio de la paz y de la libertad.
  • Promover la sustentabilidad y la protección de los recursos naturales y el medio ambiente.
  • Fomentar entre sus educandos el ideal de unidad de los pueblos centroamericanos.

Misión: La Universidad de El Salvador es una institución pública y autónoma de educación superior, científica, crítica, participativa, democrática y comprometida con el desarrollo nacional integral, con la formación de profesionales de alta calidad humana, científica, tecnológica y con el medio ambiente y la vida, en todas sus formas y manifestaciones, así como con la producción y aplicación contextualizada del conocimiento, a través de la praxis integrada de la docencia, la investigación y la proyección social.

Visión: ser la universidad pública y autónoma rectora de la educación superior en el país, cuyo liderazgo educativo nacional e internacional con formación innovadora de profesionales emprendedores de la más alta calidad y con la producción de conocimientos científicos y tecnológicos, la posibilitan para ser autora y actora democrática y crítica de los cambios socio-educativos, que conlleva a la construcción de una sociedad desarrollada, más justa, educada, sostenible, científica y segura.

El Código de Ética de la Universidad de El Salvador, en su artículo 5, establece los valores éticos que deben regular la conducta de quienes integran la corporación universitaria, los cuales son:

  1. Autenticidad
  2. Autonomía
  3. Cooperación
  4. Equidad
  5. Ética
  6. Excelencia
  7. Honestidad
  8. Innovación
  9. Meritocracia
  10. Pertinencia
  11. Responsabilidad
  12. Trabajo en equipo

Por otro lado, la Revista Derecho, con el objetivo de garantizar el rigor científico y promover una conducta ética durante todas las fases del proceso editorial, se adhiere a los principios del Committee on Publication Ethics (COPE), los cuales están plasmados en sus Core Practices y que puede ser consultado en el siguiente enlace: https://publicationethics.org/core-practices

En ese sentido, el Consejo Editorial de Revista Derecho velará que todos los actores involucrados (editores, revisores y autores) cumplan y respeten todos los principios éticos para garantizar el carácter académico-científico de los artículos publicados. Por tanto, a continuación se plantean las normas a toda la comunidad académica:

Para autores:

  1. Los artículos deben ser originales e inéditos.
  2. Se deben cumplir con las normas de derechos de autor establecidas en la Licencia Creative Commons Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0).
  3. Se debe reconocer los aportes y contribuciones de otros autores, para ello se debe citar utilizando el Manual de Estilo Chicago 16a Edición; las fuentes deben estar colocadas de manera completa y correcta. De esta manera, se evita el plagio y el autoplagio.
  4. Los autores, con el envio del artículo, acreditan que el escrito no está siendo sometido a revisión por parte de otra entidad o revista, esto con el objetivo de evitar un conflicto de interes y divulgación.
  5. En caso que el texto del artículo presente errores de contenido o imprecisión en los datos, se deberán informar de manera inmediata al Consejo Editorial, el cual facilitará la información para corregir y subsanar los errores.
  6. En caso que el escrito haya sido elaborado por múltiples autores, al colocar su nombre, manifiestan que todos han contribuido de manera significativa al proceso de investigación, elaboración y redacción del artículo.
  7. Los autores deben abstenerse al envío repetitivo, redundante e innecesario del texto del artículo.
  8. Los autores deben garantizar que los datos e información plasmada son precisas y no han sido falsificadas, alteradas, manipuladas o copiadas sin el debido reconocimiento.

Para revisores:

  1. El revisor, al aceptar el proceso de revisión, manifiesta que posee conocimiento y experticia en el área de estudio que trata el texto del artículo.
  2. Se debe garantizar en todo momento la confidencialidad de la información; es decir que los revisores no pueden utilizar la información del artículo para fines personales o para favorecer a terceros.
  3. Las revisiones deben ir orientadas a una crítica constructiva y específica, en otras palabras, debe ser imparcial y objetiva.
  4. El revisor debe abstenerse de revisar artículos que supongan un conflicto de intereses o que no sean de su experticia.
  5. Los revisores no pueden conocer, bajo ninguna circunstancia, la identidad del autor o de otros revisores implicados en el proceso de arbitraje.

Para editores:

  1. Se debe garantizar la transparencia en los procesos de arbitraje, edición y publicación de cada número de la Revista Derecho.
  2. Difundir los números publicados a la comunidad académica y científica, esta puede realizarse a través de repositorios, redes sociales, bases de datos, entre otros.
  3. Facilitar la comunicación y resolución de dudas a los autores, revisores o cualquier otra persona interesada en escribir en Revista Derecho.
  4. Respetar en todo momento los tiempos para el proceso de arbitraje, edición y diagramación, con el objetivo que se cumpla la periodicidad establecida para Revista Derecho.
  5. Los editores deben garantizar la confidencialidad de los artículos que se reciben, de tal manera que no se comprometa el proceso de arbitraje por pares (double-blind peer review).
  6. Todos los artículos recibidos deben ser tratados de manera imparcial y objetiva, sin favorecer a ningún autor por sobre el resto.
  7. Los editores deben garantizar que todas las Políticas de la Revista y Directrices para Autores sean cumplidas.

 

Última versión aprobada en Consejo Editorial el 12 de noviembre de 2024.