Propuesta de viabilidad de la eliminación del apellido paterno en El Salvador

Autores/as

  • Herbert Mauricio Serafín García Universidad de El Salvador

Palabras clave:

Apellidos paterno y materno, Sala de lo Constitucional, Ley del Nombre de la Persona Natural, Legislación Argentina, Justos motivos

Resumen

El artículo pretende demostrar al lector la posibilidad de poder eliminar el apellido paterno biológico a través de una reforma a la Ley del Nombre de la Persona Natural. La investigación se ha realizado sobre la base de un estudio jurídico que ha tenido como motivo de su realización, la sentencia definitiva emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia con referencia 45-2012, la cual permite analizar en uno de sus considerandos, la existencia de dicha posibilidad. Asimismo, se ha hecho relación de una sentencia definitiva emitida por la Cámara de Segunda Instancia de la Ciudad de Azul, Argentina, la cual refleja que en dicho país está regulada la institución jurídica de los “justos motivos”, lo que permite la posibilidad de la eliminación del apellido ya sea paterno o materno. En el artículo, además se hace relación a la legislación salvadoreña, en la que se demuestra actualmente la imposibilidad de eliminar el apellido paterno, siendo el Código de Familia en su artículo 156 el que impone tal obstáculo, pero también, se ha hecho relación de leyes secundarias salvadoreñas que regulan los fundamentos jurídicos semejantes dados por la Cámara de la Ciudad de Azul, así como tratados internacionales, lo que deja abierta la posibilidad de eliminar el apellido paterno en El Salvador a través de una reforma a la actual Ley del Nombre de la Persona Natural.

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Biografía del autor/a

Herbert Mauricio Serafín García, Universidad de El Salvador

Estudiante del X ciclo de la Licenciatura en Ciencias Jurídicas de la Universidad de El Salvador, 2016.

Citas

Sentencia definitiva emitida por la Sala de lo Constitucional, ref: 45-2012.

Sentencia definitiva emitida por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Azul, Argentina. Ref.: FA15010027.

Ley del Nombre de la Persona Natural, entró en vigencia el 3 de agosto de mil novecientos noventa, publicada en el D.O. N°. 103, Tomo 307, del 4 de Mayo de 1990.

La Convención Internacional sobre Derechos del Niño, fue ratificada por El Salvador, a través de Decreto Legislativo N° 487, publicado en el Diario Oficial N° 108, Tomo N° 307 de fecha nueve de mayo de 1990.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, fue ratificado por El Salvador a través de Decreto Legislativo N°. 721, publicado en el Diario Oficial N°. 108, Tomo N°. 391, de fecha 10 de junio de 2011.

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Publicado

03-10-2016

Cómo citar

Serafín García, Herbert Mauricio. 2016. «Propuesta De Viabilidad De La eliminación Del Apellido Paterno En El Salvador». Revista Derecho 2 (1):45-62. https://revistas.ues.edu.sv/index.php/revder/article/view/2061.

Número

Sección

Estudios

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